El pasado 12 de junio el Congreso del Estado de Puebla aprobó una reforma al Código Penal en materia de Ciberseguridad conocida como “Ley Censura”. Dicha modificación ha sido criticada por la sociedad civil y la oposición debido a que insultar o agredir verbalmente a alguien en redes sociales puede llevarte a la cárcel.
¿Qué sabemos de la «Ley Censura» en Puebla?
De acuerdo con el Periódico Oficial del Estado, quien realice «ciberasedio», definido como: “Comete el delito de ciber serio quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, insulta injuria, ofenda agravie, o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menos cabo en su integridad física o emocional”, podrá pasar entre 11 meses a 3 años en prisión. Además de pagar una multa de hasta 39 mil pesos.
Si la víctima es menor de edad, la pena se agrava automáticamente.
Además, se adicionan diversas disposiciones en el Código Penal del estado de Puebla como: espionaje digital, usurpación de identidad y grooming.
El decreto fue respaldado por Morena y aprobado el 12 de junio con 35 votos a favor, cinco en contra y una abstención.
Periodistas han criticado la clasificación del “ciberasedio” argumentando que su definición es tan ambigua que puede usarse contra críticos o ciudadanos inconformes. Además, de que limitaría la libertad de expresión.
El colectivo Articulo 19 expuso que la libertad de expresión incluye discursos que pueden “ofender e insultar”.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos resaltando algunos de los rasgos sobresalientes de la libertad de expresión, sobre todo su doble dimensión individual y colectiva, y su función democrática, establece que “este derecho protege tanto la información que resulta favorable, indiferente o inofensiva, como aquella que resulta chocante, inquietante u ofensiva para el Estado o la sociedad”, escribió el colectivo en un comunicado.
“A su vez, otros delitos propuestos contienen definiciones que son amplias y carecen de conocimiento técnico. Por ejemplo, el Artículo 479 en materia de espionaje digital simplemente indica que es quien “que se introduzca a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legal y legítimo titular”, Artículo 19.
Alejandro Armenta pide abrir debate después de que la reforma fue publicada
Las críticas no pasaron desapercibidas para el gobernador de Puebla, Alejandro Armenta quien a través de un comunicado pidió abrir el debate y las mesas de análisis.
“Le solicito respetuosamente a la Mtra. @artemisa_laura, Presidenta en Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso de Puebla y los integrantes de la LXII Legislatura establecer foros en coordinación con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, periodistas, asociaciones de padres de familia, organismos de derechos humanos y colegio de abogados para analizar la Ley de Ciberseguridad en lo correspondiente al ciberacoso. Siempre con el propósito de proteger los derechos humanos universales con el mayor consenso posible”, Alejandro Armenta vía X.
No obstante, la medida también ha sido criticada puesto que los foros de discusión debieron ser realizados con anterioridad.
Para la reforma no se consultaron expertos ni se ajustó a estándares internacionales de libertad de expresión.
En Campeche vinculan a proceso a periodista por criticar a la gobernadora Layda Sansores
A la par de la “Ley Censura” en Puebla, en Campeche se dio la vinculación a proceso al periodista Jorge Luis González y al representante del diario Tribuna, Isidro Yerbes por “incitar el odio” contra la gobernadora morenista, Layda Sansores.
La jueza Guadalupe Martínez Taboada ordenó el cierre del medio digital Tribuna, prohibición al periodista de ejercer su profesión y una indemnización millonaria por “daño moral”.